Las tarjetas revolving (en nuestro idioma tarjetas giratorias) presentan unas características controvertidas. El Banco de España ha alertado a la población sobre los riesgos de estas tarjetas giratorias. Incluso, el Tribunal Supremo se ha pronunciado en contra de los altos intereses aplicados.
Por esto, hoy explicamos detalladamente qué es la tarjeta revolving, cómo funciona, los posibles riesgos para el consumidor y el clima de inseguridad jurídica que existe en su entorno.
¿Qué es la tarjeta revolving?
La tarjeta revolving es un producto bancario complejo, es una especie de tarjeta de crédito que permite al usuario disponer de una determinada cantidad de dinero y devolverlo a la entidad mediante plazos o cuotas periódicas.
Es decir que, todas las compras que se realicen con la tarjeta giratoria o las disposiciones de efectivo mediante este producto se aplazan de manera automática. Estas compras o gastos no se cargan inmediatamente en a la cuenta, simplemente se prorrogan para el pago posterior de manera fraccionada.
¿Cómo funcionan las tarjetas revolving?
Las tarjetas revolving pueden utilizarse sin necesidad de disponer de fondos en la cuenta asociada, puesto que el usuario dispone del crédito que le ha concedido la entidad bancaria. Este dinero debe ser devuelto mediante plazos, supuestamente “cómodos”, pero incluyen el pago de intereses.
El funcionamiento de las tarjetas revolving es muy controvertido, debido a los altos intereses que se pueden llegar a generar. Su funcionamiento es similar a un pequeño crédito, con la gran diferencia de que, normalmente, el usuario desconoce los elevados intereses que implica el fraccionamiento del pago.
En una tarjeta de crédito el cobro se realiza a mes vencido, mientras que en la tarjeta giratoria el pago se aplaza en cuotas mensuales que generan intereses, pudiendo pagarse un porcentaje de la deuda o una cantidad fija.
- Pago a plazo fijo. En este caso, el usuario debe pagar una cuota prefijada, según las condiciones que establezca el banco.
- Pago de un porcentaje. En esta modalidad de pago, el cliente selecciona el porcentaje que desea cancelar de saldo o deuda pendiente, siempre dentro de un rango impuesto por el banco.
¿Cuáles son sus riesgos?
Uno de los principales peligros de las tarjetas giratorias es la deuda que se origina y que va “creciendo” cada mes. ¿Por qué? Porque a medida que realizas abonos, disminuye la deuda, pero al usar la tarjeta nuevamente vuelve a renovarse la deuda y se incrementa en conjunto con los intereses y comisiones.
Además, en el caso de pagar una cuota mensual fija muy baja, en relación al saldo de la deuda, la amortización del crédito llevará mucho tiempo y también implica tener que pagar muchos intereses. Ello trae como consecuencia la variación de la deuda y, por supuesto, la variación de las cuotas a pagar.
Esta naturaleza de las tarjetas revolving dificulta y casi impide, la posibilidad de emisión de fechas de amortización, tal como sucede en la contratación de un préstamo tradicional.
Aunado a tener que pagar una gran cantidad de intereses debido al tiempo que se prolonga la deuda y que en la mayoría de los casos los intereses que se aplican son muy altos.
Ello ha generado situaciones de extrema dificultad a los usuarios por problemas de endeudamiento. Siendo muchos los clientes de estos productos que han reclamado por su tarjeta revolving, ante su banco, el Banco de España o los tribunales.
En este contexto, es primordial que los clientes de los productos bancarios:
- Se informen sobre las condiciones de las tarjetas giratorias antes de aceptarlas y de utilizarlas.
- Soliciten un detalle de las operaciones realizadas, en el que se muestre la deuda o saldo pendiente.
- Soliciten la estimación del tiempo aproximado que se requiere para amortizar la totalidad del crédito.
El riesgo mayor de las mismas radica en que si el usuario no conoce cómo funcionan exactamente estos créditos o no se informa del porcentaje de interés a pagar, puede utilizarlas inadecuadamente y crearse graves problemas financieros.
Y este desconocimiento normalmente se producirá porque, en algunos supuestos, las tarjetas giratorias han sido ofrecidas a los clientes titulares de tarjetas de crédito sin la debida publicidad de la palabra “revolving” y sin la información oportuna de las condiciones de crédito. Incluso, han llegado a ser ofrecidas a los clientes a través de grandes comercios.
Y aunque existe una orden ministerial en la que se exhorta a las entidades financieras a ofrecer mayor transparencia en la información precontractual sobre el funcionamiento del préstamo giratorio, siempre es imprescindible para evitar sorpresas que los usuarios soliciten las condiciones del contrato.
Inseguridad jurídica del usuario: ¿Se puede reclamar por las tarjetas revolving?
En torno a esto se ha pronunciado el Tribunal Supremo, declarando la naturaleza usurera de la tarjeta giratoria y resolviendo la nulidad del contrato cuando los intereses sean superiores a los normales. Siendo el Banco de España el que determina que es un interés normal.
Desde el año 2010, el Banco de España publica las tablas que señala el interés promedio para los tipos de créditos que representan las tarjetas giratorias. Para el año 2021 el promedio se encontraba en 19.28%.
Basándonos en la sentencia del Tribunal Supremo, se puede reclamar por las tarjetas revolving, la nulidad por usura del contrato de estos préstamos y la devolución del exceso de intereses que el cliente ha pagado.
Estas reclamaciones deben resultar favorables cuando el interés se encuentre por encima de lo que determina el Banco de España como un interés normal (promedio). Sin perjuicio que todavía existe jurisprudencia contradictoria al respecto.
Por supuesto, para reclamar la nulidad del contrato de la tarjeta revolving y tener la certeza de la viabilidad de la acción, siempre debe de haberse evaluado y comparado los intereses del producto financiero con respecto a los promedios normales que dictó el Banco de España para la fecha de contratación de la tarjeta giratoria.
De declararse la acción a favor del usuario, se anula el préstamo y, dependiendo del caso, el banco deberá pagar al demandante el porcentaje de los intereses que se consideren abusivos.
En Luis Roca Abogados estamos capacitados para asesorarte sobre la viabilidad de reclamar la nulidad del contrato, en el caso de una tarjeta giratoria o de cualquier otro préstamo bancario. Contáctanos. Nuestro objetivo es proporcionarte la mejor atención y servicio.